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Cajas fuertes joyerías Grado IV

Distribución de cajas fuertes en toda España

Cajas fuertes joyerías Grado IV

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SERVIMOS CAJAS FUERTES JOYERIAS Y COMPRO ORO DYSS en: Madrid, Sevilla, Barcelona, Álava, Albacete, Alicante, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, La Coruña, Cuenca, Gerona, Granada, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, Islas Baleares, Jaén, León, Lérida, Lugo, Málaga, Murcia, Navarra, Ourense, Palencia, Las Palmas, Pontevedra, La Rioja, Salamanca, Segovia, Soria, Tarragona, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Vizcaya, Zamora y Zaragoza

ANTES DE COMPRAR UNA CAJA FUERTE COMPRO ORO Y JOYERIA LEE LAS NUEVAS DISPOSICIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

A partir del 18 de agosto 2011 ha entrado en vigor la Orden INT/317/2011 del Ministerio del Interior y los certificados de homologación de las cajas fuertes Grado IV norma 1143-1 exigidos por la policía a joyerías y tiendas de compro oro. No son validos los extendidos por los fabricantes, el admitido es la certificación de producto, y en especial el extendido (para ver haz click en AENOR)

Antes de comprar una caja fuerte lee las nuevas disposiciones del Ministerio del Interior. Para verlas haz clic aquí Orden INT/317/2011. En dicha Orden INT/317/2011 indican Cualquier caja fuerte de joyerias y copro oro de las reguladas por la norma UNE-EN 1143-1 grado IV cuyo peso sea inferior a 2.000 Kg., deberá estar anclada segun norma para ver haz click en NORMA UNE 108136.

El nivel de valores asegurables

Una vez que hayan cumplido con la prueba de conformidad, las cajas fuertes respetando las normas europeas reciben un número de clasificación (entre I y V ), que determina su pertenencia a un nivel de seguridad, de acuerdo a su valor asegurable. Es sobre esta clasificación indicativa que las compañías de seguros podrán apoyarse para determinar el valor de la garantía. Si las cajas fuertes pueden ser comercializadas sin estar sujetas a estas obligaciones, su homologación constituye una garantía de eficiencia y los productos que cumplan estos requisitos pueden reclamar el nombre de "caja fuerte". Cada clase indica un valor asegurable

Períodos de adecuación entrada en vigor 18/08/2011

Las cajas fuertes, instaladas antes de la fecha de la entrada en vigor de la presente orden, en joyerías, se adecuarán a la misma en el plazo de seis años.

Transcurrido el período de carencia de seis años, se deberá disponer del pertinente certificado emitido por un laboratorio acreditado para ello en la Unión Europea y exhibirse en caso de ser requerido.

 Disponemos de cajas fuertes para joyerías con capacidad: 45/100/125/155/180/210/360/615 litros